Requisitos para Créditos

​​​​​​Tramita tu Crédito Fonacot

Dispón de tu Crédito Fonacot con los intereses más bajos del mercado, a través de una transferencia a tu cuenta bancaria y con la comodidad de pagarlo vía nómina.

Requisitos

  • Centro de Trabajo afiliado a Fonacot.
  • Ser mayor de 18 años de edad.
  • Antigüedad mínima de 6 meses en tu trabajo actual (para eventuales en dos o más Centros de Trabajo con un máximo de 5 días hábiles de baja entre cada uno).
  • Número de celular para llamada de validación en el momento.
  • 2 referencias personales con número telefónico.
  • Correo electrónico personal.
  • Recibir ingresos a partir de un salario mínimo en la zona central en adelante.


DOCUMENTACIÓN ORIGINAL (impresa y legible)​​

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar o pasaporte).
    - Tarjeta de Residente Permanente (para personas trabajadoras extranjeras con pasaporte con prórroga).​

  • Estado de cuenta, listado/resumen de movimientos u hoja de contrato de apertura de cuenta (no mayor a 3 meses) con tu nombre completo y la CLABE interbancaria (18 dígitos). Revisa con tu banco que no cuentes con un monto límite para depósitos, ya que puede generar que no se realice el depósito de tu crédito.

  • Comprobante de domicilio con fecha reciente (no mayor a 3 meses) de cualquiera de los siguientes documentos:

    • ​​​Agua.
    • Predial.
    • Teléfono fijo o móvil.
    • Luz.
    • Gas entubado.
    • Servicios de datos (internet) o televisión por cable.
    • Estado de cuenta bancario.
    • Credencial para votar vigente (con tu domicilio completo).
    • Estado de cuenta de tu AFORE.
    • Estado de cuenta de una casa comercial.
    • Estado de cuenta emitido por INFONAVIT o FOVISSSTE.

  • Últimos 4 recibos de nómina consecutivos expedidos por tu Centro de Trabajo para comprobar ingresos. La emisión del último no deberá exceder de 16 días anteriores a tu trámite.

    Considera que el último recibo de nómina tiene vigencia después de la fecha de registro del periodo de pago, si tu pago es:
    • Mensual: no deberá exceder de 31 días.
    • Quincenal, catorcenal o semanal: no deberá exceder de 16 días.
    • Por comisión: 4 recibos de nómina en los que se muestre la comisión.

Si ya eres cliente Fonacot y generaste tu NIP (Clave de Seguridad que anotaste en el talón que te proporcionó el Analista), será indispensable para realizar cualquier trámite.

En caso de aplicar, te pueden solicitar documentos adicionales como:

  • Constancia de antigüedad por parte del Centro de Trabajo.
  • Carta u oficio por parte del Centro de Trabajo donde confirme percepciones fijas permanentes en efectivo.
  • Carta u oficio donde indique las claves y conceptos de percepciones y/o deducciones.
  • Constancia de semanas cotizadas en el IMSS.​





Agenda una cita y solicita tu Crédito Fonacot

Para definir el monto máximo de tu crédito, el cual puede ser de hasta 4 meses de tu sueldo, Fonacot considera lo siguiente:

  • El total de percepciones fijas, permanentes y en efectivo que aparecen en tu recibo de nómina.
  • El total de deducciones que aparecen en tu recibo de nómina.
  • La antigüedad en tu centro de trabajo.
  • La capacidad de pago mensual que tengas como resultado del análisis de tu recibo de Nómina (percepciones menos deducciones).
  • La capacidad de descuento que quieras que se aplique a tu sueldo mensual (10%, 15% o 20%).*
  • El resultado de la calificación de tu Centro de Trabajo, realizada por el Instituto.
  • El plazo seleccionado de tu crédito.
  • El resultado de la consulta de tu historial de pago a una sociedad de información crediticia

*Se aplican restricciones para trabajadores con salario mínimo de conformidad a lo establecido en el artículo 97, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo que menciona lo siguiente: Artículo 97.- Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo en los casos siguientes: IV. Pago de abonos para cubrir créditos otorgados o garantizados por el Instituto a que se refiere el artículo 103 Bis de esta Ley, destinados a la adquisición de bienes de consumo duradero o al pago de servicios. Estos descuentos estarán precedidos de la aceptación que libremente haya hecho el trabajador y no podrán exceder del 10% del salario.









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Última actualización:​
Lunes, 01 de Septiembre de 2025 a las 12:15

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Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
Teléfono: 55 8874 7474 y 55 5265 7400 Av. Insurgentes Sur No 452, Col. Roma Sur, Alcaldía Cuauhtémoc, CP. 06760