Instituto FONACOT
Incapacidad Permanente/Defunción 

Incapacidad total Permanente

La extinción de la deuda sólo será aplicable a los créditos cuando los titulares hayan recibido el dictamen de incapacidad total (dictaminada por la institución de seguridad social que le preste servicios médicos).
El trámite de extinción de la deuda podrá efectuarse por el trabajador o un familiar

Requisitos,
El trámite deberá realizarse en las oficinas del INFONACOT:

· Requisitar la Solicitud de Extinción de la Deuda
· Dictamen emitido por la Institución de Seguridad Social (copia y original para cotejo)
· Identificación oficial vigente con fotografía del trabajador (copia y original para cotejo)
· Carta poder, (si el tramite lo realiza otra persona (representante))
· Identificación oficial vigente con fotografía y firma (copia y original para cotejo del representante)

 

Defunción

La defunción del trabajador, extinguirá el saldo insoluto del crédito otorgado por el Instituto FONACOT
El trámite de extinción de la deuda lo podrá realizar un deudo del trabajador

Requisitos,
El trámite deberá realizarse en las oficinas del INFONACOT

· Requisitar la Solicitud de Extinción de la Deuda
· Presentar el Acta de defunción original (copia certificada)
· Copia de la Identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante ( original para cotejo)


 
Última actualización:
Jueves, 8 de Septiembre de 2011 a las 14:00


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